Cobrar el pago único no es el final del proceso: es el principio de una obligación — destinar el dinero a la inversión que declaraste en tu memoria y poder demostrarlo con papeles. El SEPE puede requerirte esa acreditación, y la resolución que recibas suele indicar cómo y cuándo.
Qué documentos valen (y cuáles no)
- Facturas completas: con tu nombre y NIF como comprador, el NIF del vendedor, el concepto claro y el IVA desglosado. Un ticket o un recibo simple no sustituye a una factura.
- Justificantes de pago: transferencias o cargos que conecten tu cuenta con cada factura. El pago en efectivo es difícil de acreditar — evítalo en importes relevantes.
- Contratos cuando existan: compraventa del vehículo, arrendamiento del local, renting de maquinaria.
Errores frecuentes al justificar
- Facturas a nombre de otra persona (la pareja, un familiar) o sin NIF.
- Comprar cosas distintas a las declaradas en la memoria sin criterio — desviaciones grandes generan requerimientos.
- Facturas anteriores a la solicitud: recuerda que no podías haber iniciado la actividad.
- No responder a un requerimiento del SEPE en plazo — convierte un trámite rutinario en un problema serio.
Qué pasa si no justificas
La cantidad no acreditada puede considerarse indebidamente percibida y reclamarse su devolución, además de comprometer el tratamiento fiscal del importe (la exención de IRPF). La buena noticia: justificar bien no es difícil si guardas todo desde el primer día en una única carpeta — física o digital.
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